El Tribunal Supremo ha fallado en favor de la igualdad de trato fiscal de todas las herencias independientemente de su procedencia. Esto es un paso muy importante ya que establece que no cabe discriminación en las herencias del extranjero, equiparando su fiscalidad a la de las herencias que se producen entre residentes en España.

Hasta ahora solo era posible aplicar las deducciones autonómicas dentro de la UE, pero el Supremo ha concluido que «No existe ninguna diferencia entre la situación objetiva de un residente y la de un no residente que pueda sustentar una diferencia de trato», salvaguardando así la libre circulación de capitales.

Esta sentencia abre la puerta a futuras reclamaciones por parte de aquellos particulares que pagaron el impuesto de sucesiones sin restar las deducciones autonómicas. Concretamente, afecta a aquellos contribuyentes que se hayan visto obligados a pagar el impuesto de sucesiones en los últimos 4 años debido a una herencia del extranjero, ya que todavía no ha prescrito el derecho.

Por tanto, si ese es tu caso y a tenor del procedimiento regulado en el artículo 221 de la Ley General Tributaria, desde Premier Tax Procedure recomendamos solicitar la devolución de ingresos indebidos, por lo que si te encuentras en esta situación no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te daremos respuesta lo antes posible para ayudarte con tu caso.