La Administración tributaria está obligada a indagar y comprobar la realidad de los indicios de responsabilidad solidaria de forma previa a la declaración de responsabilidad subsidiaria; y cuando considere que no concurren, debe exteriorizar el fundamento de su decisión.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de noviembre de 2025 (rec. 5704/2023) aborda la relación entre responsabilidad solidaria y subsidiaria en el ámbito tributario.
El Tribunal parte de una idea básica del sistema de responsabilidad de la LGT: la responsabilidad subsidiaria tiene carácter secundario y exige, como regla, que previamente se haya actuado frente al deudor principal y, en su caso, frente a los responsables solidarios.
Cuando en el expediente existen indicios razonables de la posible existencia de responsables solidarios, la Administración no puede simplemente ignorarlos y dirigirse directamente contra un responsable subsidiario. Debe, al menos, valorar esa circunstancia y actuar de forma coherente con la estructura legal de responsabilidades.
